El mandato de protección en Quebec: elegir quién decidirá por usted

Un accidente, una enfermedad, y uno puede volverse incapaz de decidir por sí mismo. El mandato de protección permite elegir, mientras aún se puede, quién cuidará de usted y de sus bienes.

Lo esencial

El mandato de protección designa quién cuidará de usted y de sus bienes si queda incapacitado. Se hace ante notario, o ante dos testigos con el formulario del Curateur public. Solo se aplica una vez homologado por el tribunal; sin él, puede abrirse una tutela.

Los trámites, en orden

  1. 01

    Elegir a su mandatario

    Una persona mayor de edad, fiable, capaz de la tarea y que acepte: hábleselo, se le pedirá su acuerdo. El mandatario de la persona, que vela por su bienestar, debe ser una persona física; el de los bienes puede ser también una sociedad fiduciaria. El Curateur public no puede ser mandatario.

  2. 02

    Prever sustitutos

    Nombre al menos dos sustitutos, que toman el relevo por orden si el mandatario fallece, renuncia o ya no puede actuar.

  3. 03

    Elegir la forma: notario o testigos

    Ante notario, este le aconseja, conserva el original e inscribe el mandato en el registro de la Chambre des notaires, lo que facilita encontrarlo. Ante testigos, lo redacta usted o con ayuda, por ejemplo con el formulario gratuito «Mon mandat de protection» del Curateur public.

  4. 04

    Si lo hace ante testigos

    Dos testigos mayores de edad y capaces, sin ningún papel en el mandato, lo firman y pueden confirmar que usted era capaz de hacerlo. Les dice de qué documento se trata, sin mostrarles el contenido. Se recomienda una declaración jurada de uno de los testigos: evita que tengan que declarar más adelante.

  5. 05

    Guardarlo y darlo a conocer

    Guarde el original en un lugar seguro, dé una copia a su mandatario y diga a sus seres queridos que existe: el mandatario lo necesitará para hacerlo homologar.

  6. 06

    Mantenerlo al día

    Tras una separación, una unión, un nacimiento, la compra de un bien, o si un mandatario ya no puede actuar o ya no tiene su confianza: reléalo y rehágalo si hace falta.

Preguntas frecuentes

¿Se aplica el mandato en cuanto uno está enfermo?

No. Mientras no está homologado, no tiene ningún efecto. El mandatario pide al Tribunal Superior que lo homologue, con una evaluación médica y otra psicosocial que constaten la incapacidad; en principio, se entrevista a la persona. Después, el Curateur public inscribe el mandato en el registro público.

¿Qué ocurre sin mandato de protección?

Puede abrirse una tutela: son entonces familiares o profesionales de la salud quienes proponen al tribunal a la persona que le representará. El mandato le deja a usted esa elección.

¿Sustituye el mandato a las directivas médicas anticipadas?

No, ambos se complementan. Las directivas médicas anticipadas, en el formulario de la RAMQ o ante notario, indican qué cuidados de final de vida acepta o rechaza, y pueden inscribirse en el registro de la RAMQ. El mandato designa quién decidirá por usted.

¿Basta con un poder?

En principio, un poder ordinario sirve mientras usted es capaz. Para el día en que ya no lo sea, es el mandato de protección, una vez homologado, el que permite actuar a su representante. Un notario o un abogado puede asesorarle sobre su situación.

Que sus seres queridos sepan que existe

En Aïon, guarde constancia de su mandato junto a sus demás voluntades: dónde está el original, quiénes son sus mandatarios, sus deseos. Y diga hoy mismo a sus mandatarios dónde encontrarlo: son ellos quienes lo necesitarán.

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Fuentes oficiales

Actualizado el 25 de octubre de 2026. Esta guía resume los trámites habituales; no sustituye el consejo de un notario, un abogado o la administración de su país. Cómo redactamos nuestras guías